martes, 31 de enero de 2023

Amplían hasta el 5 de febrero inscripción para postular a los COAR

Debido a la actual coyuntura que se vive en el país, el Ministerio de Educación (Minedu) amplió hasta el domingo 5 de febrero la etapa de inscripción del proceso único de admisión 2023 a los Colegios de Alto Rendimiento (COAR), que ofrecen 2677 vacantes.


La inscripción es gratuita y se puede realizar mediante la plataforma de admisión ubicada en la página web de los COAR https://www.minedu.gob.pe/colegios-de-alto-rendimiento/

 La etapa de evaluación, que se llevará a cabo el 12 de febrero, será mixta. En la primera fase será presencial, en tanto que en la segunda el postulante podrá optar por la modalidad presencial o virtual, de acuerdo con las normas de bioseguridad vigentes emitidas por el Ministerio de Salud y el Minedu.

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En la primera fase se realizará un examen que evaluará las habilidades cognitivas (razonamiento matemático, razonamiento verbal y fluido espacial, etc.) y socioemocionales del postulante y tendrá una duración de dos horas aproximadamente. 

La segunda fase consiste en una entrevista de 15 a 20 minutos en la que se evaluarán también habilidades socioemocionales.

Los requisitos, las sedes y el cronograma actualizado de este proceso están en la página web de los COAR mencionada anteriormente, en la que también se publicará la lista de  los postulantes aptos.

sábado, 28 de enero de 2023

¿Cómo inscribirse en los Colegios de Alto Rendimiento y cuáles son sus beneficios?

Si estás interesado en estudiar en uno de los Colegios de Alto Rendimiento (COAR), aún estás a tiempo para apuntarte al proceso de admisión 2023. La fecha límite es el 29 de enero. La inscripción es gratuita, así lo informó María Márquez, coordinadora de la Dirección de Servicios Educativos Especializados del Ministerio de Educación (Minedu). Hasta el momento, hay más de 14.000 estudiantes registrados, quienes competirán por una de las 2.667 vacantes distribuidas en los 25 COAR que existen a nivel nacional.
“Formar parte de la familia COAR contribuye con la educación integral del alumno, pues en estos colegios no solo se implementan las competencias del Currículo Nacional, sino también se desarrolla el programa del diploma y el bachillerato internacional”, aseveró Márquez. A continuación, La República explicará el paso a paso de cómo inscribirse al proceso de admisión 2023 y qué beneficios te brindará ser parte del COAR.

¿Cuáles son los requisitos para aplicar a un COAR?
La funcionaria explicó que los requisitos para postular son:

Haber concluido el segundo grado de secundaria en un colegio público de Educación Básica Regular.

Contar con autorización escrita del padre, madre, tutora/or legal o apoderada/o para postular.

Haber ocupado uno de los 10 primeros puestos en primer año de secundaria o haber obtenido, durante el primer o segundo grado, uno de los tres primeros lugares en alguno de los concursos convocados o reconocidos por el Minedu, ya sea en etapa local, regional o nacional.

Tener como máximo 15 años cumplidos hasta el 31 de marzo del 2023.

Tener nacionalidad peruana y, en caso de tener una extranjera, contar con carné de extranjería, pasaporte u otro documento de identidad reconocido por las autoridades migratorias competentes.

Admisión 2023: ¿cómo inscribirse al proceso de postulación de un COAR?
Son los progenitores, tutor legal o apoderado quienes inscriben al menor. Estos son los pasos a seguir:

Ingresar a la plataforma del Proceso Único de Admisión (PUA), ubicado en la página web de los COAR. Dale clic AQUÍ.

Debes completar la ficha de inscripción.

Luego de ello, la plataforma validará si el estudiante cumple con los requisitos.

Si cumple con lo requerido, se habilitará el módulo de inscripción. Luego de registrar al postulante, la página emitirá una constancia.

Si no cumple con las condiciones mínimas, el sistema les indicará qué requisito falta o es inconsistente. En este caso, la plataforma les indicará qué pasos seguir y cuál será el plazo para subsanar la observación.

¿Cuáles son los beneficios que brinda al estudiante el sistema del COAR?

De acuerdo con el prospecto de admisión 2023 de los COAR, los principales beneficios que otorga este sistema educativo a los estudiantes son los siguientes:

Desarrollan las competencias del Currículo Nacional de la Educación Básica a través de un plan de estudios que combina cursos, asesorías académicas, espacios de autoestudio y talleres recreativos, deportivos, artísticos y tecnológicos.

Los alumnos de cuarto y quinto de secundaria llevarán el Programa del Diploma del Bachillerato Internacional (OBI), lo cual permitirá que alcancen un sólido avance académico, social y emocional. Además, en quinto grado, el estudiante podrá postular a la obtención de dicho diploma.

Los COAR cuentan con un convenio desarrollado con CISCO Networking Academy, cuya finalidad es que los estudiantes puedan capacitarse en diversos programas profesionales de Tecnología de la Información y Comunicaciones.

Los alumnos acceden a un programa de estudios del idioma francés que les permite ampliar el dominio de lenguas extranjeras. Además, tienen la oportunidad de alcanzar la Certificación Diploma DELF, otorgada por la Alianza Francesa.

Beca 18: ¿En qué casos puedes obtener puntos extra en el concurso nacional 2023?

Los Preseleccionado de Beca 18, convocatoria 2023 deben considerar las características de la universidad, instituto o escuela y la carrera que elijan estudiar a fin de obtener un mayor puntaje al momento de postular a la Etapa de Selección de ganadores del concurso que organiza el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec). Conoce en esta nota cuáles son y dónde revisarlas.
De acuerdo con las bases de la convocatoria, debes ser admitido a una universidad, un instituto o escuela superior, carrera y sede elegible para el concurso, cuya lista está publicada en el portal web de Pronabec. Con la constancia de ingreso y tu certificado de estudios con todas las notas de la secundaria, postula por una de las 5000 becas integrales. 
 
La asignación de puntajes a los postulantes en este último periodo se establece en función a diferentes criterios. Uno de estos es la puntuación final que obtuviste en la Etapa de Preselección, que es el primer tramo del concurso. Esta información se te notificó a través de tu buzón electrónico y se publicó en el link mencionado líneas arriba. 

El segundo criterio para el puntaje en la etapa de selección son las características de la institución y la carrera a la que ingreses y con la que postules a la beca. Estas características son:
 
-  Posición en la institución priorizada según calidad. Se dará mayor puntaje a las universidades, institutos y escuelas que tengan los primeros lugares de la relación elaborada por el Pronabec; en la que se consideró diversos aspectos, como investigación y calidad de plana docente, en función a distintas fuentes de información. 

De tal manera, se dividió en distintos rangos y puntaje para cada uno:

a.   Las del top 1 al 5 (los primeros cinco lugares): 30 puntos.
b.   Las del top 6 al 10: 15 puntos.
c.   Del top 11 al 15: 10 puntos.
d.   Del top 16 al 20: 8 puntos.
e.   Del top 21 al 30: 6 puntos.
 
-  Gestión de la institución de educación superior (IES). Si la universidad, instituto o escuela a la que ingresas y con la que postulas a la beca es de gestión pública, obtendrás 50 puntos. Si es una privada asociativa, es decir, sin fines de lucro, tendrás 30 puntos. Para más detalles, revisa las bases del concurso en Pronabec.  

-  Retorno estimado de la carrera. Este criterio se refiere a la ganancia relativa que obtendrás al estudiar una carrera en una determinada institución en comparación con el salario que recibirás si solo hubieras acabado el colegio. Si el retorno es alto, es decir, la carrera es muy demandada por el mercado laboral peruano, se sumarán 6 puntos, y si es medio, 4. Ingresa a “Oferta Educativa” en pao.pronabec.gob.pe y entérate qué retorno tiene la carrera en la institución que quieres estudiar. 
 
-  Carreras priorizadas. Se otorgarán dos puntos adicionales a las carreras de áreas de Ciencia y Tecnología priorizadas en el Plan Nacional Estratégico de Ciencia, Tecnología e Innovación para la Competitividad y el Desarrollo Humano. Algunas de estas estas son Medicina, Diseño y Desarrollo de Software, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Ambiental, Agronomía, Química y Arquitectura. Revisa más detalle en “Oferta Educativa”. 
 
Importante. Estos dos últimos criterios no se aplican en la modalidad de postulación Educación Intercultural Bilingüe (EIB).

La selección será en estricto orden de mérito y por modalidad. Además, el 0.5 % del número total de becas (25) será otorgado, prioritariamente, entre los postulantes que acrediten discapacidad, sin distinción de la modalidad de beca a la que postulan. Asimismo, se brindará, como mínimo, el 20 % del total de becas (1000) a los postulantes a instituciones públicas. 
 
Revisa detenidamente las bases del concurso y visita la página web del Pronabec para enterarte de las novedades. También pueden realizar sus consultas a través del Facebook de la institución, llamar a la línea gratuita 080 00 00 18 o la central telefónica (01) 612 82 30 o escribir al WhatsApp institucional 966 429 596.

Para mayores detalles puede revisar los videos acerca de los criterios para la asignación de puntajes tanto en la Etapa de Selección de Beca 18-2023 y en la modalidad EIB de Beca 18-2023.

¿No sabes qué estudiar? Sigue estos cuatro pasos para elegir la carrera adecuada

Muchas veces los jóvenes se equivocan de carrera porque no conocen sus propias aptitudes e intereses, se ven motivados por cuestiones económicas, de prestigio, estatus o la presión de padres y amigos. Por ello, es importante realizar una buena orientación vocacional para evitar la deserción temprana.
De acuerdo con un estudio realizado por la Universidad Tecnológica de México (UNITEC), el 42 % de estudiantes abandona su carrera en el primer o segundo semestre por no tener una buena orientación vocacional, lo cual se vincula al descontento, falta de motivación en su proyección profesional y conocimiento de la carrera. 

Por otro lado, el 37 % lo deja por problemas económicos, el 16 % abandona debido a un bajo rendimiento académico y el 5 % por motivos personales.

“Elegir una carrera no es cuestión de suerte, sino es un proceso donde hay que seguir una serie de pasos que permitan reflexionar acerca de la carrera, desarrollar un proyecto de vida en donde su profesión forme parte y les permita acceder al estilo de vida que ellos aspiran”, resaltó Marisol Tapia, gerente Académico Online de la institución. 

En esa línea, señaló que las 10 carreras con mayor deserción en el Perú son Informática, Arquitectura y diseño, Veterinaria, Ingeniería Agronómica, Ingeniería en Recursos Naturales, Forestal y Zootecnista, Química, Biología, Física, Matemática y Geología.

En la actualidad existen muchos elementos que pueden ayudar a decidir con mayor seguridad una carrera profesional, desde un test vocacional, cursos alternativos, talleres de orientación vocacional, profesionales, hasta tu familia y amigos. 

A continuación, sigue estos cuatro pasos para elegir la carrera más adecuada y evitar una deserción temprana:

1. Conócete a ti mismo: Tienes que estar consciente de todas tus fortalezas y también de tus debilidades, el tipo de carácter que tienes, tus gustos, inclinaciones y hobbies.

2. Investiga en todos lados: Si ya tienes una idea de lo que te gusta y en lo que crees que serás buena, consulta en internet, libros o conversa y resuelve tus dudas con algún profesional de esa carrera.

3. Examina el campo laboral: Es muy importante que investigues bastante el área laboral. Antes de decidirte por completo, visita diversas bolsas de trabajo, revisa cuáles son los requisitos, salarios y número de vacantes para ese puesto. Ello te dará un panorama amplio de la demanda de tu carrera.

4. Haz más de un test vocacional: Existen diversas pruebas vocacionales gratis en línea que te ayudarán a tener un panorama más específico de tu vocación. Asimismo, diversas universidades e instituciones realizan cada año ferias vocacionales para brindarte más información.

Minedu garantiza alimentación, seguridad y salud a millones de alumnos en año escolar 2023

El ministro de Educación, Óscar Becerra, lideró una comisión multisectorial con tres ministros y cuatro viceministros, para establecer compromisos que garanticen a los niños, niñas y adolescentes, en marzo próximo, un retorno a clases seguro, en el marco de las acciones para el buen inicio del año escolar.
El titular del sector manifestó en la reunión que, el gran desafío es trabajar de manera conjunta para el buen inicio del año escolar 2023, pensando en cómo debería ser la educación que merecen los escolares del país. 

En la actividad se priorizaron acciones que aseguren la alimentación de millones de escolares de instituciones públicas a través del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) y fortalecer la seguridad en las inmediaciones de los colegios por medio del Ministerio del Interior (Mininter).

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De la misma manera, con el Ministerio de Defensa (Mindef) se aprobaron medidas para garantizar el traslado del material educativo en las zonas más lejanas del territorio nacional.

Año escolar 2023

Asimismo, se destacó la gestión de vacunas gratuitas contra el virus de papiloma humano para los escolares gracias a la intervención del Ministerio de Salud (Minsa) y el desarrollo de cursos de capacitación virtual a cargo de especialistas del Ministerio de Trabajo (MTPE).

El Minedu coordinó con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) la promoción de espacios para la atención de casos de violencia escolar.

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Becerra manifestó que personal especial de las Fuerzas Armadas intervendrá en la mejora de aquellos colegios con riesgo de colapso, de manera que las clases de desarrollen en lugares seguros.

También reiteró aspectos importantes que impulsa su sector, como promover el civismo en la educación, para que los alumnos aprendan valores, el respeto a los demás, a los símbolos patrios, a las instituciones y la Constitución.

Materiales educativos 

El ministro de Educación señaló, además, que es una prioridad asegurar que los materiales educativos lleguen a todo el Perú, por eso coordina con las UGEL y gobiernos regionales, a fin de garantizar las entregas.

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Este año el Minedu impulsará un plan lector que incluirá temas elaborados por los mismos sectores, como cuidado del medio ambiente, educación vial, bullying, diversidad cultural, entre otros.

En la reunión de la comisión multisectorial participaron los ministros de Desarrollo e Inclusión Social, Julio Demartini; Mujer y Poblaciones Vulnerables, Nancy Tolentino; Cultura, Leslie Urteaga; así como los viceministros de los sectores Defensa, Mininter, Minsa, Trabajo y PCM.

miércoles, 25 de enero de 2023

Minedu: ¿cuándo pagará el bono docente 2023?

Sutep informó que Minedu invertirá 16 millones más para pagar bono de 950 soles a docentes del Perú. ¿Quiénes son los nuevos beneficiados?
El Ministerio de Educación (Minedu) otorgará en los próximos días un bono docente de 950 soles. Esta bonificación para maestros se logró el año pasado en una mesa de negociación colectiva entre el gobierno del expresidente Pedro Castillo y el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (Sutep). Sin embargo, no contemplaba a la totalidad de profesores. Ahora, en la gestión de Dina Boluarte, se amplió el presupuesto y el grupo de beneficiados. ¿Quiénes recibirán el pago excepcional?

Bono docente 2023: ¿quiénes serán beneficiados con los 950 soles?
El secretario general del Sutep, Lucio Castro, informó a La República que el Minedu incrementó un presupuesto de 16 millones de soles para la entrega del bono docente. En esa línea, los beneficiados ya no solo serán los maestros y auxiliares contratados hasta agosto de 2022, sino que se sumarán aquellos consignados hasta diciembre del mismo año.

"Se les va a consignar a través de un decreto de urgencia y 16 millones adicionales de inversión a todos los que tuvieron vínculo laboral hasta el 31 de diciembre del año pasado. Saludamos que el ministro haya cumplido compromiso", explicó.

Minedu: ¿cuándo pagará el bono docente 2023?
Había mucha incertidumbre sobre el pago del bono docente 2023 debido a que faltaba que el Minedu oficialice su entrega. No obstante, este martes 24 de enero, en una reunión entre la institución y Sutep, se confirmó el depósito en una semana.

"A más tardar, está depositado el 30 de este mes en todas las cuentas bancarias de los docentes contratados en Perú", sostuvo Castro a este medio.

martes, 24 de enero de 2023

No hay fecha para iniciar la segunda etapa del nombramiento docente

Sin aclararse. Minedu alega que bloqueos afectan el proceso de ingreso a la carrera magisterial y ascensos. Sutep y expertos piden continuar con la segunda etapa del concurso público.


La fecha de inicio de la etapa descentralizada del concurso de nombramiento docente aún es una incógnita y ello ha generado malestar en miles de docentes que superaron la prueba escrita (primera etapa).

“No hay forma de continuar en las fechas previstas, porque las vías están interrumpidas y no se puede enviar las pruebas que se les debe tomar. Hemos tenido que reprogramar", dijo el titular de Educación, Óscar Becerra, sobre el proceso de evaluación para ingresar o ascender en la Carrera Pública Magisterial o para acceder a puestos directivos. La República intentó comunicarse con el Minedu para aclarar cuándo se realizará la segunda etapa, sin embargo, hasta el cierre de la nota no hubo respuesta.

Reprogramación urgente
El secretario general del Sutep, Lucio Castro, señaló que lo mencionado por el ministro no calzaría en el tema del concurso de nombramiento, ya que este proceso se encuentra muy avanzado. Cabe resaltar que el 9 y 11 de diciembre pasado, más de 275.000 profesores rindieron la prueba escrita de la primera etapa del proceso.

Y para exigir que el proceso continúe, el Sutep realizó una movilización hacia el Minedu solicitando soluciones y se evite que miles de maestros se afecten por esta reprogramación. Al mismo tiempo, proponen que en el caso del nombramiento docente se consideren los resultados del examen escrito, así como la formación profesional y la experiencia laboral o tiempo de servicio para promediar las calificaciones.

Por su parte, el exministro de Educación Idel Vexler mostró su preocupación y recordó que en los últimos tres años el proceso se ha visto paralizado debido a la pandemia y a la filtración de la prueba escrita. En ese sentido, exhortó al Minedu a continuar con el proceso y hacer efectivos los resultados en el segundo bimestre, en el peor de los casos. “Hay que invocar para que se replantee el concurso de nombramiento docente para este año”, dijo.

En esa línea, el Colegio de Profesores del Perú indicó que para garantizar el buen inicio del año académico 2023 en las zonas donde no se concluya la segunda etapa de nombramiento se debe proceder a la contratación docente tomando en cuenta el resultado de la primera etapa del concurso.
Y el exministro Juan Cadillo señaló que la fase de la clase magistral es fundamental para determinar los nombramientos, por lo que debe continuar.

Ascenso docente debe ser este año
La suspensión del concurso de ascenso generó un cambio en su cronograma y los resultados entrarán en vigencia recién en el 2024.
Al respecto, el exministro de Educación Idel Vexler señaló que no se debe esperar hasta el próximo año, por lo que pidió acelerar la programación cuando ya se cuente con las garantías. “Si los ascensos se hacen efectivos a partir del 1 de agosto, yo lo vería conveniente”, comentó.

Asimismo, el Colegio de Profesores indicó que "el concurso de ascenso debe ser en marzo de 2023, a fin de garantizar que su vigencia sea a partir del mes de mayo". Cabe mencionar que la prueba nacional se llevara a cabo el próximo 9 de julio.Primera etapa. Más de 275 mil maestros dieron prueba.

¿Tienes secundaria completa? Pensión 65 lanza convocatoria laboral con sueldos de hasta 5.000 soles

Entidad pública requiere contratar promotores, analistas, asistentes y más para realizar labores en diversas regiones del país. Revisa cuáles son los requisitos y cómo postular.


El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) a través de Pensión 65 (Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65), lanzó una oferta laboral para cubrir puestos en Lima y otras seis regiones, bajo la modalidad CAS. Las inscripciones iniciarán el 30 de enero y aquí podrás conocer todos los detalles acerca de los requisitos, cronogramas y plazas disponibles. El referido proceso tiene como objetivo reclutar a promotores, analistas y asistentes en una convocatoria de trabajo por contratación administrativa de servicios. Sigue leyendo para conocer toda la información.

Convocatorias de trabajo 2023: ¿qué carreras y oficios solicita Pensión 65 para las vacantes?
Para esta convocatoria de trabajo en Lima, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, La Libertad, Madre de Dios y Ucayali; Pensión 65 requiere personas con secundaria completa, egresados y titulados técnicos y universitarios, así como bachilleres. Estas son las carreras y oficios que se solicitan.

Conductor
Administración
Asistente de gerencia
Contabilidad
Derecho
Economía
Ingeniería de Sistemas
Ingeniería Estadística
Ingeniería Industrial
Secretariado ejecutivo

Pensión 65, convocatoria: ¿cuáles son los puestos que ofrece la entidad?
Pensión 65 brinda empleos en modalidad CAS para esta convocatoria. Los sueldos van de 1.600 a 5.000 soles. Estas son las ofertas laborales.

Promotor - Cajamarca (2 vacantes)
Promotor - Ayacucho (1 vacante)
Promotor - Cusco (1 vacante)
Promotor - La Libertad (1 vacante)
Promotor - Lima (1 vacante)
Conductor - Lima (1 vacante)
Analista de auditoría - Lima (1 vacante)
Administrativo para mesa de partes - Lima (1 vacante)
Analista de control de calidad - Lima (1 vacante)
Asistente administrativo/a - Lima (1 vacante)
Coordinador territorial - Lima (1 vacante)
Técnico en atención al usuario - Madre de Dios (1 vacante)
Asistente técnico de saberes productivos - Ucayali (1 vacante)

Pensión 65 CAS: ¿cómo postular?
La postulación para estas oportunidades laborales es mediante correo electrónico. Sigue estos pasos para aplicar.

Revisa las bases de la convocatoria para cada puesto AQUÍ.
Selecciona el puesto de trabajo que te interesa, infórmate de cómo aplicar y descarga los anexos o formatos de postulación.
Postula enviando tus anexos, detallando correctamente el asunto, según las bases, a este correo: convocatorias2@pension65.gob.pe
Las postulaciones estarán abiertas desde el 30 de enero a las 8.30 a. m. hasta el 1 de febrero a las 5.30 p. m.

Convocatoria Pensión 65: ¿dónde ver los resultados?
Cuando salgan los resultados de esta convocatoria, podrás revisarlos en la página oficial AQUÍ.

Convocatoria Pensión 65: ¿dónde ver los resultados?
Cuando salgan los resultados de esta convocatoria, podrás revisarlos en la página oficial AQUÍ.

¿Quién dirige Pensión 65?
Julio Mendigure Fernández es el nuevo director ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65. El nombramiento se confirmó a través de la Resolución Suprema 001-2023-Midis, publicada el jueves 19 de enero, en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Contrato Docente 2023: revisa aquí los cuadros de méritos finales por UGEL

El requisito principal para ingresar al cuadro de mérito es haber rendido la prueba nacional del 9 y 11 de diciembre de 2022. En la siguiente nota, entérate el puesto que ocupas, revisa el cronograma actualizado y más.


Contrato Docente 2023 | Los docentes que participaron del proceso de nombramiento docente podrán conocer el cuadro de méritos por UGEL o DRE. Según el cronograma publicado en el aplicativo del Ministerio de Educación (Minedu), la publicación se realizará en el transcurso de este martes 24 de enero. Para ello, se habilitará una opción para visualizar los resultados y el órden, según el puntaje obtenido, de cada profesor que rindió la prueba acional para nombramiento, que se llevó a cabo el 9 y 10 de diciembre de 2023.

Resultados del Nombramiento Docente: ¿cómo ver el cuadro de mérito?
Se tiene previsto que el cuadro de méritos se publique este 23 de enero de manera oficial. Para ello, el Minedu habilitará una opción en la página de Evaluación Docente. Cabe resaltar que, actualmente, no se puede observar los resultados. Asimismo, el Minedu tiene hasta la media noche de esta fecha para publicarlos.

Sigue estos pasos para ver los resultados de los cuadros de mérito según Minedu:

Ingresa a la página oficial del concurso de Nombramiento y ve a la sección de “Determinación de cuadros de mérito”. Puedes acceder a esta ventana de manera directa haciendo clic AQUÍ.
Una vez dentro te parecerán diferentes recuadros de color verde; sin embargo, deberás esperar a que la web se actualice y muestre la opción para visualizar los resultados de los cuadros de méritos por UGEL o DRE.

domingo, 22 de enero de 2023

Modifican “Norma que regula disposiciones para la contratación de Auxiliares de Educación en IE de EBR y EBE”

Modifican Norma Técnica denominada “Norma que regula disposiciones para la contratación de Auxiliares de Educación en Instituciones Educativas de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 014-2023-MINEDU
Lima, 20 de enero de 2023


VISTO, el Expediente Nº DITEN2023-INT-0015467, el Informe Nº 00066-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Memorándum Nº 00030-2023-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00066-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, señala que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28988, Ley que declara a la educación básica regular como servicio público esencial, establece que la educación básica regular constituye un servicio público esencial, a fin de garantizar el pleno ejercicio del derecho fundamental de la persona a la educación, correspondiendo a la administración disponer las acciones orientadas a asegurar los servicios correspondientes;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº30493, Ley que regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley Nº29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que el servicio del auxiliar de educación, en el marco de la referida Ley, se brinda en condición de nombrado y contratado, sujeto a disposiciones establecidas en la Ley de Reforma Magisterial y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº004-2013-ED;

Que, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley Nº 30493, el Ministerio de Educación establece el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación en el marco del contrato o el nombramiento del auxiliar de educación, de acuerdo a las labores propias del auxiliar de educación;

Que, de acuerdo al artículo 215 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, el auxiliar de educación presta apoyo al docente de Educación Básica Regular: Niveles Inicial y Secundaria, y de Educación Especial: Niveles Inicial y Primaria, en sus actividades formativas y disciplinarias, coadyuvando con la formación integral de los estudiantes, conforme a las disposiciones del citado reglamento. Asimismo, el artículo 216 del referido Reglamento, señala que el acceso al cargo de auxiliar de educación es por concurso público, el cual es convocado por el Ministerio de Educación;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº007-2023-MINEDU se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula disposiciones para la contratación de Auxiliares de Educación en Instituciones Educativas de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial”;

Que, bajo el marco normativo antes expuesto, mediante el Oficio Nº 00128-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00066-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, mediante el cual se sustenta la necesidad de modificar el sub numeral 6.2.12 del numeral 6.2 de la Norma Técnica denominada “Norma que regula disposiciones para la contratación de Auxiliares de Educación en Instituciones Educativas de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial, aprobada por Resolución Viceministerial Nº007-2023-MINEDU, con la finalidad de ampliar el plazo de la experiencia laboral en el cargo de Auxiliar de Educación, permitiendo que los auxiliares puedan presentar resoluciones de contrato y boletas de pago a partir del año 2012. En atención a ello, se considera necesario modificar el primer criterio a evaluar correspondiente a la “Experiencia Laboral” y la cuarta nota del Anexo 3 de la referida Norma Técnica en la cual se establecen los criterios para la evaluación del expediente para el cargo de Auxiliar de Educación (en adelante, la propuesta);

Que, de la revisión realizada a los documentos contenidos en el expediente, se advierte que la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DICG), Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR) y la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE);

Que, mediante el Memorándum Nº 00030-2023-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, indica que la propuesta no involucra cambios en materia presupuestal, por lo cual se reafirma la opinión vertida a través del Informe Nº 02234-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, correspondiente al expediente DITEN2022-INT-0289715;

Que, a través del Informe Nº 00066-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el subnumeral 6.2.12 del numeral 6.2 de la Norma Técnica denominada “Norma que regula disposiciones para la contratación de Auxiliares de Educación en Instituciones Educativas de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 007-2023-MINEDU, conforme al siguiente tenor:

“6. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE AUXILIARES DE EDUACACIÓN POR EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES

(...)

6.2 Procedimiento de verificación de requisitos y evaluación

(...)

6.2.12 La experiencia laboral en el cargo de auxiliar de educación y la experiencia laboral en el cargo de auxiliar de educación en la modalidad y nivel al que postula se reconoce siempre que haya realizado su labor en instituciones educativas públicas o por convenio, para lo cual el postulante adjunta resoluciones de contrato y boletas de pago a partir del año 2012 en adelante.”

Artículo 2.- Modificar el primer criterio a evaluar correspondiente a la “Experiencia Laboral” y la cuarta nota del Anexo 3 de la Norma Técnica denominada “Norma que regula disposiciones para la contratación de auxiliares de educación en Instituciones Educativas de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 007-2023-MINEDU, el cual queda redactado de la siguiente manera:
(...)

(*)

Nota: Para el otorgamiento de puntaje en experiencia laboral se deberá tener en cuenta lo siguiente:

- (...)

- La experiencia laboral en el cargo de auxiliar de educación y la experiencia laboral en el cargo de auxiliar de educación en la modalidad y nivel al que postula se reconoce a partir del año 2012 en adelante”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA

Viceministro de Gestión Pedagógica

2145091-1

Modifican el cronograma del Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022

Modifican el cronograma del Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 013-2023-MINEDU
Lima, 20 de enero de 2023


VISTOS, el Expediente Nº DIED2022-INT-098946, el Informe Nº 00063-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 00061-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme con lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la citada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial (en adelante, Ley Nº 29944) señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial (en adelante, CPM), asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, el artículo 26 de la Ley Nº 29944 establece que el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad, este se realiza a través de concurso público anual y considerando las plazas previstas para tal efecto;

Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 27 de la Ley Nº 29944, el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas que se emitan; asimismo, el artículo 28 de la citada Ley dispone que la evaluación para el ascenso en la CPM tiene una finalidad primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño docente;

Que, el artículo 51 del Reglamento de la Ley Nº 29944, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2017-MINEDU, prevé que la evaluación de ascenso tiene entre sus objetivos promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, basado en la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 057-2021-MINEDU y modificatorias, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”, cuyo objetivo es establecer los requisitos, criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, comprendidos en el marco de la Ley Nº 29944 y su Reglamento;

Que, conforme con lo dispuesto en el numeral 5.6.1.1 del citado documento normativo, la convocatoria al concurso se realiza de acuerdo a la periodicidad anual, la misma que se aprueba conjuntamente con su cronograma y se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local; asimismo, el numeral 5.6.1.2 del documento normativo señala que, excepcionalmente, el Ministerio de Educación puede modificar las fechas del cronograma; situación que debe ser difundida oportunamente en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local;

Que, con la Resolución Viceministerial Nº 063-2022-MINEDU, se convoca al Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022, y se aprueba el respectivo cronograma, el cual fue modificado por la Resolución Viceministerial Nº 009-2023-MINEDU;

Que, en atención al marco normativo antes expuesto, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00063-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, que sustenta la necesidad de modificar el cronograma del Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 063-2022-MINEDU y modificado por la Resolución Viceministerial Nº 009-2023-MINEDU, debido a la imposibilidad de los postulantes y personal a cargo de la aplicación de la Prueba Nacional, para desplazarse hacia los centros de evaluación como consecuencia de los bloqueos de carreteras, movilizaciones y/o disturbios en diversos departamentos del país;

Que, en ese contexto, la propuesta tiene por objetivo realizar modificaciones y precisiones al cronograma del citado Concurso público;

Que, a través del Informe Nº 00061-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la propuesta de modificación del cronograma del referido Concurso público, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley Nº 29944, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2017-MINEDU; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el cronograma del Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 063-2022-MINEDU y modificado por la Resolución Viceministerial Nº 009-2023-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA

Viceministro de Gestión Pedagógica

2145090-1

Modifican documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”

Modifican documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 012-2023-MINEDU
Lima, 20 de enero de 2023


VISTOS, el Expediente Nº DIED2020-INT-0162059, el Informe Nº 00062-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 00056-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto y el Informe Nº 00065-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, conforme con lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, de acuerdo con el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, según lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 057-2021-MINEDU, se aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”, modificado por la Resolución Viceministerial Nº 061-2022-MINEDU; cuyo objetivo es establecer los requisitos, criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, comprendidos en el marco de la Ley Nº 29944 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED;

Que, mediante Oficio Nº 00134-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00062-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual sustenta la necesidad de modificar el precitado Documento Normativo, con la finalidad de realizar precisiones respecto a la aplicación de la Prueba Nacional, la acreditación del derecho de bonificación por discapacidad y la emisión de resoluciones de ascenso (en adelante, la propuesta de
modificación);

Que, de acuerdo con el precitado informe, la propuesta de modificación cuenta con la opinión favorable de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente;

Que, a través del informe Nº 00056-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta de modificación; por cuanto, su objetivo y alcance se encuentran alineados a los objetivos institucionales y estratégicos del sector Educación; asimismo, desde el punto de vista presupuestal, su implementación cuenta con recursos disponibles asignados a la Dirección de Evaluación Docente;

Que, asimismo, mediante Informe Nº 00065-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta de modificación y recomienda continuar con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar los numerales 5.6.3.2.1, 5.6.4.2.1 y 5.6.4.8.5 del Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”, aprobado con Resolución Viceministerial Nº 057-2021-MINEDU y modificado por la Resolución Viceministerial Nº 061-2022-MINEDU, los cuales quedan redactados conforme al Anexo de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA

Viceministro de Gestión Pedagógica

2145089-1

jueves, 12 de enero de 2023

Conoce cuál es el cronograma del año escolar 2023

¿Cuándo empezarán las clases? Esta es una de las grandes preguntas que se hacen muchas personas. Pero lo que se debe saber es que dentro de algunas semanas los alumnos volverán a las aulas a nivel nacional. Esto luego que el Ministerio de Educación (Minedu) anunciara el cronograma correspondiente al año escolar 2023.
Las clases del año escolar 2023 están a la vuelta de la esquina y muchos padres familia han empezado a realizar los trámites correspondientes para las matriculas de sus hijos, con la finalidad de que tengan asegurada una vacante en sus respectivos colegios.

Por su parte, el Minedu presentó un cronograma correspondiente al calendario escolar 2023, pero también dio a conocer que las Direcciones Regionales de Educación (DRE) podrían determinar las fechas que consideren pertinentes para el inicio de las clases en las sus respectivas instituciones educativas.

Para ello, se debe tener en cuenta algunos aspectos importantes como las condiciones climatológicas de un determinado lugar, así como las condiciones sanitarias.

¿CUÁNDO EMPEZARÁN LAS CLASES?
De acuerdo al cronograma emitido por el Ministerio de Educación, todos los alumnos volverán a las aulas el próximo 13 de marzo como parte del año escolar 2023.

Asimismo, el fin de las clases está programado para el 22 de diciembre.

¿CUÁL ES EL CRONOGRAMA DEL AÑO ESCOLAR?
El Ministerio de Educación publicó un cronograma correspondiente al año escolar 2023. Estos se dividen en siete bloques desde el mes de marzo a diciembre del presente año. Así tenemos:

Semana de gestión 1
Fecha: 1 de marzo al 10 de marzo

Primer bloque de semanas lectivas
Fecha: 13 de marzo al 12 de mayo

Segundo bloque de semanas lectivas
Fecha: 15 de mayo al 21 de julio

Semana de gestión 2 y 3
Fecha: 24 de agosto al 13 de octubre

Tercer bloque de semanas lectivas
Fecha: 24 de julio al 4 de agosto

Cuarto bloque de semanas lectivas
Fecha: 16 de octubre al 22 de diciembre

Semana de gestión 4
Fecha: 26 de diciembre al 29 de diciembre

lunes, 9 de enero de 2023

Más de 22 000 auxiliares de educación tendrán aumento de 800 soles en marzo

A partir del mes de marzo, más de 22 000 auxiliares de educación percibirán un incremento de 800 soles en sus remuneraciones, anunció el ministro de Educación, Óscar Becerra.

 
Becerra informó que el incremento beneficiará a 17 568 auxiliares nombrados y 4502 contratados que laboran en educación básica regular (niveles de inicial y secundaria) y en educación básica especial (niveles de inicial y primaria) en instituciones educativas públicas a nivel nacional.
 
Los auxiliares nombrados y contratados ganan ahora S/ 1430 y a partir del mes de marzo percibirán S/ 2230, gracias a un aumento que se hará efectivo en un solo tramo, explicó el ministro.

El Ministerio de Educación destinará más de 186 millones de soles para efectuar este incremento. Con esta medida, el gobierno atiende el pedido de los auxiliares, quienes durante los últimos años no tuvieron mejoras remunerativas. 

Además de su remuneración, los auxiliares pueden percibir una o más asignaciones temporales de carácter mensual entre 50 y 1050 soles por trabajar en instituciones educativas con condiciones especiales, por ubicación (en zonas rurales, frontera y el VRAEM) y por tipo de institución (unidocente y multigrado).

Los auxiliares de educación nombrados también reciben una asignación por tiempo de servicios equivalente a dos remuneraciones al cumplir 25 y 30 años de edad. 

Los nombrados y contratados perciben una compensación por tiempo de servicios que representa el 100 % de su remuneración mensual por año al momento de su cese o culminación de su contrato, y un subsidio por luto y sepelio de S/ 3000 en el caso del fallecimiento del servidor o de un familiar.